lunes, 26 de septiembre de 2016

Instalación de salida de humos de un local. Procedimiento a seguir.

Un propietario de uno de los locales que quiere solicitar autorización a la Comunidad para instalar una salida de humos. En la escritura de división horizontal de la finca no consta dicha instalación en el local ni tampoco se tiene en la actualidad.

¿Qué tipo de quórum sería necesario para su autorización?


En cuanto a la instalación de la chimenea de humos, en la actualidad la regulación general de esta situación hay que buscarla en el art. 10.3.b) de la Ley de Propiedad Horizontal, en el que se refiere a la construcción de nuevas plantas o alteración sustancial de los elementos comunes (incluyendo el cerramiento de terrazas y envolvente). Dada la remisión que hace al art. 17.6, se exige autorización administrativa (licencia municipal), así como que la obra que se realice se ajuste a la licencia de obra y no haya incremento de propiedades privativas.

La obra en cuestión una alteración sustancial de los elementos comunes que quedaría sujeto al citado precepto.

Por tanto, para la ejecución de tal actuación se necesitaría un acuerdo previo de las 3/5 partes de votos y cuotas de los vecinos al implicar una alteración sustancial de la configuración de los elementos comunes inmueble.











Fincas ebro

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